Ante la publicación, en el BOP de Alicante nº 133, de 13/07/2016, de la Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Crevillent, por la cual su alcalde resuelve 1º) incoar procedimiento de creación de la plaza de Técnico de Deportes en la plantilla de Personal, de naturaleza funcionarial, Grupo A, Subgrupo A1 y creación del puesto de trabajo en la RPT, denominado “Técnico de Deportes y Juventud”; 2º) convocar proceso selectivo de personal para la provisión interina de la plaza y del puesto de trabajo de Técnico de Deportes y Juventud, mediante nombramiento como funcionario/a interino/a; y 3º) aprobar las Bases Específicas que han de regir en el desarrollo del citado proceso selectivo en los términos que se especifican, la Asociación de Profesionales de Juventud de la Comunitat Valenciana (APJCV):
– manifiesta su rechazo a la creación de la plaza de “Técnico de Deportes y Juventud” y a unas bases para el proceso selectivo de personal en las que: como requisito específico sólo se contemplan titulaciones del área de deportes; su temario específico solo incluye dos temas relacionados con juventud; y su baremo de la experiencia profesional solo puntúa la desarrollada en materia de deportes. Por tanto, porque se trata, obviamente, de una plaza de “Técnico de Deportes” y “Juventud” no puede ser una función o asunto residual.
– reivindica la municipalización de la gestión del Centre Jove “Juan Antonio Cebrián” de Crevillent e insta a la creación de la plaza de “Técnico de Juventud” y del resto de profesionales de juventud que sean necesarios (animador/a juvenil, informador/a juvenil, etc.) para su adecuado funcionamiento.
Y todo ello porque, en opinión de la APJCV, los servicios públicos municipales son un importante instrumento para la cohesión social y la igualdad de oportunidades, que deben ser prestados principalmente por empleados públicos, en condiciones dignas de trabajo, de reconocimiento laboral, profesional y salarial, cuyas funciones y labor pueden ser complementadas, que no suplidas, mediante la prestación de servicios o realización de proyectos por parte de la iniciativa privada.
Porque los ayuntamientos, como administración pública más próxima a la ciudadanía tienen una labor inexcusable promoviendo y facilitando el desarrollo, bienestar, autonomía y emancipación de sus ciudadanos y ciudadanas más jóvenes.
Porque el área municipal de juventud, máxime en un municipio de casi 29.000 habitantes como es Crevillent, amerita y necesita de la existencia de una plaza de “Técnico de Juventud”, con funciones específicas y diferenciadas de otras áreas municipales.
Porque la concejalía de juventud, la política locales de juventud, los espacios de/para la juventud, y las y los profesionales de juventud son los instrumentos básicos y necesarios a través de los cuales los ayuntamientos pueden, y deben, dar una respuesta adecuada a las expectativas, inquietudes y necesidades de adolescentes y jóvenes, esto es: mediante la voluntad política, la planificación de actuaciones y servicios (y un adecuado presupuesto), los centros juveniles y los espacios públicos de las y los jóvenes (plazas, parques, etc.), y las y los profesionales específicos del ámbito juvenil: técnicos de juventud, animadores juveniles, informadores juveniles, directores y monitores de actividades de tiempo libre educativo, etc.